lunes, 25 de abril de 2011

Aumentos que no mejoran el sueldo

La suba del mínimo no imponible es insuficiente para compensar la inflación; sin cambios en las escalas


El impuesto a las ganancias, aun con la reciente suba de topes, tiene incidencia negativa en el sueldo.

De hecho, tal como asegura Jorge Gebhardt, socio del área de impuestos de Ernst & Young Argentina, "la suba del 20% del piso salarial a partir del cual se paga impuesto a las ganancias no compensa ni la inflación ni los incrementos salariales esperados para este año, de alrededor de un 25% anual".

Por otro lado, si bien los especialistas son cautelosos en el momento de hablar del tema, dado que es necesario revisar cada caso en particular, la realidad es que no se modificaron las escalas y esto también incide en los salarios. "Considerando el incremento del 20% de las deducciones personales establecido por la RG AFIP 3073/2011, el empleador podría conceder al trabajador por ejemplo un incremento salarial de un 15%, y como consecuencia de dicho aumento, el empleado podría cambiar de alícuota de impuesto sufriendo una retención mayor a la que venía teniendo en los períodos anteriores", dice el especialista, que aclara que la suba real pasaría a ser entonces del 11,5%. Agrega que la escala no se modificó desde 2000, lo que hace que se llegue al 35%, el máximo para ganancias, mucho más rápido.

Víctor Beker, director de elsalario.com , sitio que depende de la Universidad de Belgrano, coincide con este diagnóstico y asegura que "según el caso puede ocurrir que el impuesto se lleve una parte importante del incremento".

Vale recordar que existen topes a partir de los cuales se aplica Ganancias y que fueron recientemente modificados. En el caso de personas solteras, se toma como base un salario neto mensual de $ 5782, y en el caso de personas casadas se considera a partir de 7998 netos.

Gebhardt explica que antes de aplicar Ganancias, en el sueldo total se deben practicar las deducciones generales, que incluyen el 11% de jubilación, el 3% de obra social, el 3% de la ley 19.032. Después se deben considerar las deducciones personales, que alivian el pago de Ganancias, entre ellas, honorarios médicos, intereses de préstamos hipotecarios, personal doméstico, etcétera, todas sujetas a límites.

Una vez realizadas las deducciones y establecido el salario neto, se puede calcular el importe por abonar sobre el excedente del tope. "No hay un mínimo para aplicar Ganancias. La escala empieza en el 9% del excedente de los montos fijados por el Estado", dice Miguel Attala, director de Infosalarial. Esta escala llega al 35 por ciento.

El gran temor de los asalariados es que, debido a un aumento de sueldo, incluso se llegue a ganar menos en mano que sin el aumento, por el hecho de pasar a tributar Ganancias o que se modifique la escala. Según Andrés Edelstein, socio de TLS de PwC Argentina: "Mientras regía la denominada tablita de Machinea, las deducciones por mínimo no imponible, deducciones especiales y cargas de familia se reducían a medida que aumentaba la ganancia neta del contribuyente, lo cual permitía que se diera ese fenómeno de manera frecuente. Este mecanismo fue eliminado en el período fiscal 2009".

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